
ONPE: Compran nuevo kit de revocatoria contra el jefe de Áncash Koki Noriega y Consejo Regional | AncashAlDia
La Oficina Doméstico de Procesos Electorales (ONPE) declaró procedente la solicitud del ciudadano Edwin Humberto Espejo Camones, para agenciarse los formatos para monasterio de firmas de adherentes (Kit Electoral), para promover la revocatoria del jefe regional de Áncash, Fabián Koki Noriega Brito.
La transacción del kit de revocatoria fue aprobada mediante la Resolución de Secretaría Universal n.º RSG-344-2024-SGACTD-SG y su modificatoria por la Resolución de Secretaría Universal n.º RSG-409-2024-SGACTD-SG, en el entorno de la Consulta Popular de Revocatoria 2025, correspondiente al periodo de gobierno regional y municipal 2023-2026, que se realizará el 8 de junio de 2025, según el cronograma apto para este proceso.
En este nuevo pedido están incluidos la vicegobernadora Angelly Milagritos Epifanía Chávez y los consejeros regionales Alexander Iván Peláez Ribera, Dania Elisa Brito Orellano, Luz Nancy Mautino Huamán, Félix Teodorico Romero López, Edson Jhonel Cancha Villanueva, Karen Carina Lázaro Luis, Andy Richard Montes Pimentel, Rocío del Pilar Cochachin Arias, Walter Medrano Acuña, Alejandro Tomasini López Cosco, Víctor Mardén Garro Condezo, Yanet Rosario Pinto Toledo y Calixto Bernardo Robles Ramírez.
Adicionalmente, a los consejeros Víctor Larco Pimentel Impetuoso, Nolberto Hugo Roca Maza, Miguel Espíritu celeste Lavado Aparicio, Chang Berly Milla Ponce, Walter Tarazona Crispín, Uzías Aron Ariza Aguirre, Edgar Jeiser López Rosales, Yury Alfonzo Álvarez Álvarez, Yover Alex Montoya Castillo, Gregorio Venturoso Silvestre Sánchez, Dali Espinel García Duran y Hugo Rodolfo Mallqui Montañez.
Esta adquisición se suma al kit electoral comprado por la ciudadana Ingrid Salvación Ruiz Paetán (apto mediante la Resolución de Secretaría Universal n.º RSG-160-2024-SGACTD-SG, para cosechar las firmas de adherentes contra Noriega Brito.
La ONPE señala que, una vez adquirido los planillones, los ciudadanos promotores de la revocatoria podrán iniciar el proceso de monasterio de firmas de adherentes (25 % del padrón electoral de la circunscripción), para luego continuar con la comprobación de las firmas (a cargo de Reniec) y seguir los trámites para despabilarse que se apruebe la solicitud de revocatoria de las autoridades en cuestión.
